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Artículo CUARTO transitorio de la Ley 20.997 · Moderniza la legislación aduanera

Moderniza la legislación aduanera

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1100901 / 9779562.

Texto oficial

Artículo cuarto.- Las sociedades de agentes de aduanas constituidas a la fecha de publicación de esta ley deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en la letra b) del artículo 198 de la Ordenanza de Aduanas, modificado por el presente texto legal, dentro del plazo de tres años desde su entrada en vigencia.