Texto oficial
Artículo segundo.- La presente ley entrará en vigencia a contar del día 1 de enero del año siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.".
Establece el nuevo escalafón del servicio de personal del ejército
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1101233 / 9783687.