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Artículo SEGUNDO transitorio de la Ley 21.001 · Establece el nuevo escalafón del servicio de personal del ejército

Establece el nuevo escalafón del servicio de personal del ejército

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1101233 / 9783687.

Texto oficial

Artículo segundo.- La presente ley entrará en vigencia a contar del día 1 de enero del año siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.".