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Artículo QUINTO transitorio de la Ley 21.005

Moderniza el consejo nacional de televisión, concede las asignaciones que indica y delega facultades para fijar su planta de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1101649 / 9787401.

Texto oficial

Artículo quinto.- La asignación que se crea por el artículo 5 de esta ley, ascenderá a los porcentajes siguientes según la progresión que se indica: a) A contar de la fecha de publicación de esta ley y hasta el 31 de diciembre del año de su publicación corresponderá al 6% de la base de cálculo señalada en el inciso primero del artículo 5. b) A contar del 1 de enero del año siguiente al de la publicación de esta ley, corresponderá al 9% de la base de cálculo señalada.