Texto oficial
Artículo quinto.- El mayor gasto fiscal que represente
la aplicación de esta ley durante el primer año
presupuestario de su vigencia se financiará con los
recursos del Ministerio de Educación y, en lo que faltare,
con los recursos de la partida presupuestaria Tesoro
Público de la Ley de Presupuestos del Sector Público.".