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Artículo Transitorio PRIMERO del Decreto Con Fuerza de Ley 21

Establece estatutos del centro de formación técnica de la región de atacama

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1102136 / 9793137.

Texto oficial

Artículo primero transitorio.- El Centro de Formación Técnica de la Región de Atacama entrará en funcionamiento dentro de los 240 días corridos siguientes al 1 de enero de 2020 y, dentro de los siete meses siguientes a que ello ocurra, deberá comenzar sus actividades académicas.