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Artículo 27 del Decreto Con Fuerza de Ley 22

Establece estatutos del centro de formación técnica de la región de arica y parinacota

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1102137 / 9792970.

Texto oficial

Artículo 27°.- Son estudiantes todos quienes, habiendo formalizado su matrícula en alguna de las carreras, programas o certificaciones indicadas en el artículo 4° de los presentes estatutos, cumplan con los requisitos de ingreso, permanencia y promoción establecidos por el Centro de Formación Técnica.