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Artículo SEGUNDO de Auto Acordado 16

Auto acordado nº 16/2017 sobre reserva o confidencialidad de la información en los procesos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1103081 / 9798449.

Texto oficial

Segundo: Excepciones al principio de publicidad. De acuerdo con lo establecido en el inciso noveno del artículo 22 del DL N° 211, el Tribunal podrá decretar reserva o confidencialidad de aquellos instrumentos que contengan cualquier elemento cuya revelación pueda afectar significativamente el desenvolvimiento competitivo de su titular. Asimismo, deberá mantener la reserva o confidencialidad de los instrumentos que tengan tal carácter según el artículo 39 letra a) del DL Nº 211. Esta excepción será aplicable a cualquier procedimiento seguido ante este Tribunal, según se establece en el presente auto acordado.