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Artículo 4 del Decreto 115

Aprueba reglamento que regula los procesos de selección al que deberán sujetarse las jefaturas de programa de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3 de la ley 20.955

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1103286 / 9799649.

Texto oficial

Artículo 4.- En caso de producirse una vacante, el subsecretario del ramo, dentro de los cinco días siguientes, deberá informar por escrito a la Dirección Nacional del Servicio Civil, para efectos de dar inicio al respectivo proceso de selección.