Saltar al contenido

Artículo 24 de Resolución 445 EXENTA

Establece normas para el proceso de tarificación del servicio de gas y servicios afines a que se refiere el artículo 38 y siguientes de la ley de servicios de gas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1106766 / 9826364.

Texto oficial

Artículo 24. El Comité sesionará ordinaria y extraordinariamente. Iniciará sus sesiones, para establecer un programa de trabajo, actividades y periodicidad de sus sesiones. Para su programa de trabajo, el Comité deberá considerar las exigencias de la licitación, adjudicación y supervisión del Estudio de Costos y deberá reunirse permanentemente, fijando sus días y horas de sesión. De cada sesión deberá dejarse constancia escrita a través de un acta donde se registrarán especialmente las deliberaciones, votaciones y acuerdos adoptados, y la forma o quórum de votación en que éstos fueron acordados. Las actas deberán ser firmadas por todos aquellos integrantes que participaron en la sesión respectiva.