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Artículo 66 de Resolución 445 EXENTA

Establece normas para el proceso de tarificación del servicio de gas y servicios afines a que se refiere el artículo 38 y siguientes de la ley de servicios de gas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1106766 / 9826419.

Texto oficial

Artículo 66. Las servidumbres se considerarán de plazo indefinido y el plazo de los derechos será equivalente a la vida útil de la instalación de gas emplazadas en dichos terrenos.