Texto oficial
Ley N°20.640, art.
Artículo 10.- Corresponderá al órgano intermedio 9, D.O. 06.12.2012
colegiado de cada partido político la decisión de Ley N°20.915, art.
participar en elecciones primarias para la nominación de 2, D.O. 15.04.2016
candidatos a los cargos de parlamentarios, gobernadores
regionales y de alcaldes, los territorios electorales en que
se participará, el hacerlo en forma individual o por medio
de un pacto electoral, y la nominación de los candidatos
para dichas elecciones.
El órgano intermedio colegiado deberá pronunciarse Ley N°20.915, art.
respecto de las decisiones señaladas en este artículo, 2, D.O. 15.04.2016
cuando así lo solicite el órgano ejecutivo del partido o
el órgano intermedio colegiado regional que corresponda.