Texto oficial
Ley N°19.884, art.
Artículo 26.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el 25, D.O. 05.08.2003
título V de la ley Nº18.603, así como en el párrafo 2º Ley N°20.900, art.
de este título, los precandidatos, los candidatos y 2, N°19, D.O.
partidos políticos no podrán recibir, directa o 14.04.2016
indirectamente, aportes de campaña electoral de los
órganos de la Administración del Estado, de las empresas
del Estado, ni de aquellas en que este, sus empresas,
sociedades o instituciones tengan participación.