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Artículo 5 del Decreto 7

Reglamento del fondo para el reciclaje

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1109335 / 9841377.

Texto oficial

Artículo 5º.- Presentación de propuestas. Los proyectos, programas y acciones elegibles para el fondo, en adelante las propuestas, deberán ser presentadas por las municipalidades o asociaciones de municipalidades al Ministerio del Medio Ambiente de acuerdo al procedimiento indicado en las bases generales y especiales.