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Artículo 4 de la Ley S/N · Enajenacion de terrenos situados en territorio araucano

Enajenacion de terrenos situados en territorio araucano

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1109723 / 9848811.

Texto oficial

ART. 4.° Se rematarán también conforme a lo prescrito en el art. 1.° los terrenos del Estado comprendidos entre los rios Biobio, Vergara i Renaico i la cordillera de los Andes, siempre que sobre su propiedad los particulares pretendieren derecho i consintieren en la subasta.