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Artículo 10 de la Ley S/N · Enajenacion de terrenos situados en territorio araucano

Enajenacion de terrenos situados en territorio araucano

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1109723 / 9848817.

Texto oficial

ART. 10. El protector de indíjenas representará los intereses fiscales en todo aquel territorio, i litigará como pobre en defensa de los indios. En caso de implicancia, el fisco será representado por el secretario de la Intendencia de Arauco, quien gozará de una gratificacion de trescientos pesos anuales en remuneracion de este trabajo.