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Artículo 58 de la Ley 21.045 · Crea el ministerio de las culturas, las artes y el patrimonio

Crea el ministerio de las culturas, las artes y el patrimonio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1110097 / 9845594.

Texto oficial

Artículo 58.- Modifícase la ley N° 19.253, que Establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, en el siguiente sentido: 1. Reemplázase en los incisos primero y segundo del artículo 30 la expresión "la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos" por "el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural". 2. Sustitúyese en el inciso segundo del artículo 8 transitorio la expresión "de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos" por "del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural".