Saltar al contenido

Artículo 59 de la Ley 21.045 · Crea el ministerio de las culturas, las artes y el patrimonio

Crea el ministerio de las culturas, las artes y el patrimonio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1110097 / 9845595.

Texto oficial

Artículo 59.- Sustitúyese en el artículo 35 de la ley N° 20.079, que Otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, reajusta las asignaciones familiar y maternal, del subsidio familiar y concede otros beneficios que indica, la expresión "Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes" por la frase "Subsecretario de las Culturas y las Artes".