Texto oficial
VII.5 Lineamiento para Vivienda y Calefacción Sustentable
Artículo 90: En el plazo de 12 meses a contar de la entrada en vigencia del presente Decreto, el Ministerio del Medio Ambiente encargará un estudio para el diseño de viviendas de baja demanda térmica en la Región Metropolitana de Santiago.
Una vez que los resultados del estudio estén disponibles y previa evaluación integral de dichos resultados, el Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región Metropolitana de Santiago, podrá aplicar los resultados del estudio para la construcción de viviendas sociales de baja o nula demanda térmica, según disponibilidad presupuestaria.