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Artículo 97 del Decreto 31

Establece plan de prevención y descontaminación atmosférica para la región metropolitana de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1111283 / 9855073.

Texto oficial

Artículo 97: A contar de la entrada en vigencia del presente Decreto, el SAG en coordinación con la CONAF, elaborarán un plan de difusión que deberán implementar en un plazo de 12 meses, a través de charlas y entrega de material, sobre las prohibiciones relativas al uso del fuego que establece el presente Decreto.