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Artículo 1 del Decreto 33

Crea comisión asesora ministerial denominada observatorio de medicamentos y crea grupo de trabajo que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1111312 / 9853848.

Texto oficial

Artículo 1°.- Constitúyase una Comisión Asesora Ministerial denominada Observatorio de Medicamentos cuyo objeto será asesorar técnicamente a los organismos públicos que la integran en la coordinación, observación y registro de información sobre el uso de medicamentos en Chile que sea útil para el diseño y actualización de políticas públicas.