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Artículo 7 del Decreto 8

Reglamento que regula el procedimiento de elaboración de los decretos supremos establecidos en la ley n° 20.920

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1111512 / 9857242.

Texto oficial

Artículo 7°.- Análisis general de impacto económico y social. Teniendo en cuenta tanto los antecedentes considerados y los estudios realizados, según lo dispuesto por el literal d) del artículo 5°, como el contenido de la resolución que da inicio al procedimiento, el Ministerio deberá llevar a cabo un análisis general del impacto económico y social, comparando la situación a ser propuesta por el anteproyecto con la situación actual. Este análisis deberá evaluar los costos que implique el cumplimiento del anteproyecto del instrumento, así como sus principales beneficios, y deberá ser realizado dentro del plazo de elaboración del anteproyecto.