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Artículo OCTAVO del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Fija planta de personal del servicio de salud atacama

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1111539 · idParte: 9859629

Texto oficial

Artículo octavo. El primer proceso de encasillamiento a que se refiere el artículo segundo transitorio del presente decreto con fuerza de ley se iniciará dentro del plazo dispuesto en el inciso primero del artículo décimo transitorio de la ley N°20.972.