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Artículo 42 de la Ley 21.050

Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1112118 / 9863656.

Texto oficial

Artículo 42.- A contar del 1 de enero de 2018, modifícase el artículo 44 de la ley N° 20.883 del siguiente modo: 1) Introdúcense las siguientes modificaciones al inciso primero: a) Reemplázase la frase "los años 2016 y 2017" por la siguiente: "el año 2018". b) Reemplázase el monto "$716.580" por el siguiente: "$757.998". 2) Reemplázase en su inciso segundo los montos "$120.000" y "$60.000" por los siguientes: "$126.936" y "$63.468", respectivamente. 3) Suprímese en su inciso tercero la oración siguiente: "A contar de diciembre de 2016, el monto de la remuneración que se establece en el referido inciso se reajustará en la misma oportunidad y porcentaje en que se reajusten las remuneraciones del Sector Público.".