Texto oficial
Artículo 42.- A contar del 1 de enero de 2018,
modifícase el artículo 44 de la ley N° 20.883 del
siguiente modo:
1) Introdúcense las siguientes modificaciones al
inciso primero:
a) Reemplázase la frase "los años 2016 y 2017" por la
siguiente: "el año 2018".
b) Reemplázase el monto "$716.580" por el siguiente:
"$757.998".
2) Reemplázase en su inciso segundo los montos
"$120.000" y "$60.000" por los siguientes: "$126.936" y
"$63.468", respectivamente.
3) Suprímese en su inciso tercero la oración
siguiente: "A contar de diciembre de 2016, el monto de la
remuneración que se establece en el referido inciso se
reajustará en la misma oportunidad y porcentaje en que se
reajusten las remuneraciones del Sector Público.".