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Artículo 6 del Decreto Con Fuerza de Ley 6

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 18.583, orgánica constitucional que fija planta del servicio electoral

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1112159 / 9863841.

Texto oficial

Artículo 6.- Establécese una asignación Art. 6. electoral para el personal de planta y a Ley Nº 20.900, art. 8, Nº 3, contrata del Servicio Electoral, la que D.O. 14.04.2016 contendrá los siguientes componentes: a) Un componente fijo. b) Un componente proporcional, que se regirá por las disposiciones del artículo 8 de esta ley. La asignación se pagará mensualmente, tendrá el carácter de imponible y tributable y no servirá de base de cálculo de ninguna otra remuneración. El personal que preste servicios por un período de tiempo inferior a un mes, tendrá derecho a que se le pague la asignación en proporción a los días completos efectivamente trabajados.