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Artículo 30 de la Ley 21.053 · Ley de presupuestos del sector público para el año 2018

Ley de presupuestos del sector público para el año 2018

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1112915 / 9868884.

Texto oficial

Artículo 30.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para transferir, con cargo a la Partida del Tesoro Público, a la Partida del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, entre la fecha de publicación de esta ley y el 30 de diciembre del año 2017, los recursos para realizar las compensaciones por los servicios de transporte público de pasajeros prestados por las empresas Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A.; Trenes Metropolitanos S.A. en su servicio de trenes en el tramo Alameda; Ferrocarriles Suburbanos de Concepción S.A. en su servicio Biotren; y Metro Regional de Valparaíso S.A., los días de las elecciones generales realizadas y por realizarse, el 19 de noviembre y el 17 de diciembre, ambos del presente año, respectivamente, en el marco de la ley N° 18.700. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones transferirá un monto que no podrá superar los $1.300 millones, de la siguiente forma: a) Para los servicios de transporte público de pasajeros prestados por la Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A. y por Trenes Metropolitanos S.A. para su servicio de trenes en el tramo Alameda-Nos: a las cuentas del Sistema de Transporte Público de la Provincia de Santiago y las comunas de San Bernardo y Puente Alto, administradas por el Administrador Financiero de Transantiago S.A., en base a los pasajeros transportados. b) Para los servicios prestados por las empresas Ferrocarriles Suburbanos de Concepción S.A. para su servicio Biotren; y Metro Regional de Valparaíso S.A.: directamente a las mismas empresas, en base a los costos de provisión de los respectivos servicios de transporte público y a los pasajeros transportados. Las empresas serán responsables de remitir la información pertinente para requerir las compensaciones que correspondan al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. La realización de las transferencias antes señaladas serán informadas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y el Ministerio de Hacienda al Congreso Nacional, a más tardar el día 28 de febrero de 2018.".