Texto oficial
Artículo primero.- La presente ley entrará en
vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial,
sin perjuicio de las reglas especiales que se establecen en
los artículos siguientes.
Crea un seguro para el acompañamiento de niños y niñas que padezcan las enfermedades que indica, y modifica el código del trabajo para estos efectos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1113014 / 9870363.