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Artículo 5 de la Ley S/N

Ley S/N

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1113960 / 9892770.

Texto oficial

Art. 5.° El sueldo de los relatores será de mil quinientos pesos anuales; el del secretario de ochocientos pesos; el del escribiente del fiscal de quinientos pesos, i el de cada uno de los oficiales de sala de trescientos pesos.