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Artículo 4 de la Ley S/N

Ley S/N

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1113960 / 9892769.

Texto oficial

Art. 4.° Créase una Corte de Apelaciones, con asiento en la ciudad de Valdivia, que se compondrá de cinco miembros, i tendrá un fiscal, dos relatores, un secretario, un escribiente para el fiscal i dos oficiales de sala. El distrito jurisdiccional de esta Corte comprenderá las provincias de Valdivia, Cautín, Llanquihue i Chiloé. Sus deberes i atribuciones serán los que determina la lei de 15 de octubre de 1875 para los Tribunales de esta clase.