Texto oficial
Artículo 17.- Las Condiciones Técnicas de las Acciones y Prestaciones. Un Catálogo de Prestaciones del Programa de Apoyo al Desarrollo Biopsicosocial, aprobado por resolución del Ministerio de Salud, previo informe favorable del Ministerio de Desarrollo Social y publicada en el Diario Oficial, establecerá las condiciones técnicas básicas y orientaciones para la implementación de las prestaciones del programa en el Sistema Público de Salud, en base al objetivo general, los objetivos específicos y los componentes del Programa Eje, referidos en los artículos 14 y 15 de este reglamento.
Este catálogo deberá contener las acciones y prestaciones a desarrollar por componente, la entidad responsable de su ejecución, los criterios de pertinencia, calidad y oportunidad aplicables.