Saltar al contenido

Artículo 21 del Decreto 14

Aprueba reglamento del subsistema de protección integral a la infancia "chile crece contigo" de la ley n° 20.379

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1113966 / 9877989.

Texto oficial

Artículo 21.- Acceso a las Ayudas Técnicas. Para los efectos de este reglamento, entiéndase como acceso a ayudas técnicas, aquellas prestaciones que existen en la oferta de programas del Estado, según lo indicado en el inciso segundo de este artículo, que están destinadas a proveer los elementos o implementos requeridos por una persona con discapacidad para prevenir la progresión de la misma, mejorar o recuperar su funcionalidad, o desarrollar una vida independiente, de acuerdo a lo establecido en la letra b) del artículo 6º de la ley Nº 20.422. Las ayudas técnicas garantizadas por el Estado para los beneficiarios de este Subsistema se encuentran contenidas en los programas financiados por el Ministerio de Desarrollo Social, correspondientes a "Ayudas Técnicas Chile Crece Contigo" de la Subsecretaría de Servicios Sociales y en el componente "Chile Crece Contigo" de la asignación presupuestaria "Aplicación Ley Nº 20.422", del Servicio Nacional de la Discapacidad. La entidad o entidades prestadoras de la garantía deberán consignar en el Sistema de Registro, Derivación y Monitoreo referido en el artículo 10 de este reglamento las ayudas técnicas solicitadas y que son parte de la oferta regular de los programas del Estado según lo indicado en el inciso segundo de este artículo, la fecha de solicitud, el costo y la fecha de entrega, individualizado por niña o niño beneficiario.