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Artículo SÉPTIMO del Decreto 64

Aprueba reglamento del capítulo ii "de la inclusión laboral de personas con discapacidad", del título iii del libro i del código del trabajo, incorporado por la ley nº 21.015, que incentiva la inclusión de personas con discapacidad al mundo laboral

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1114287 / 10488098.

Texto oficial

Artículo séptimo: Para el año 2024, las empresas que se encuentren habilitadas a cumplir en forma subsidiaria con su obligación, a través de la medida alternativa de donación de conformidad a lo dispuesto en el literal b) del artículo 8º del presente reglamento, podrán realizar su pago hasta el 30 de junio de dicha anualidad, informando de ello a la Dirección del Trabajo.