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Artículo 6 del Decreto 41

Reglamento sobre condiciones sanitarias para la provisión de agua potable mediante el uso de camiones aljibe

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1114794 / 9883323.

Texto oficial

Artículo 6°.- El estanque del camión debe ser hermético, encontrarse en buen estado de conservación y funcionamiento, no presentar filtraciones y ser sometido a un procedimiento de desinfección previo a su operación.