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Artículo 6 de la Ley 21.074 · Fortalecimiento de la regionalización del país

Fortalecimiento de la regionalización del país

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1115064 / 9886615.

Texto oficial

Artículo 6°.- Intercálase, en el inciso cuarto del artículo 18 del decreto con fuerza de ley Nº 850, de 1998, que fija el nuevo texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840, de 1964, orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del decreto con fuerza de ley Nº 206, del mismo Ministerio, de 1960, sobre construcción y conservación de caminos, a continuación de la palabra "Municipalidades", la expresión "o Gobiernos Regionales".