Texto oficial
Primero: Distribución automatizada. La distribución entre el Primer, Segundo, Tercer y Cuarto Tribunal cuyo territorio jurisdiccional es común, se efectuará de manera automatizada, sorteándose entre los tribunales mediante un sistema computacional que distribuya equitativamente la carga laboral, teniendo en cuenta el tipo de procedimiento.
Para los efectos de la distribución equitativa, se encaminará a un sistema gradual de asignación de causas por tribunal, con el objeto de propender a que todos ellos alcancen un mismo nivel de ingresos, comenzando por aquellos que estadísticamente mantengan una menor cantidad de causas pendientes en tramitación.
Las demandas, requerimientos, solicitudes u otros escritos que las contengan se presentarán a distribución con las siguientes menciones, que deberán estar contenidas en una presuma:
1. Tipo de procedimiento.
2. Acto reclamado.
3. Identificación del impuesto sobre el que versa el pleito.
4. Período tributario del impuesto reclamado.
5. Nombre completo del reclamante con el número de RUT o cédula nacional de identidad.
6. Nombre completo del abogado patrocinante, con su número de cédula nacional de identidad.
7. Nombre del apoderado, con el número de cédula nacional de identidad.
8. Nombre completo del reclamado, con su número de cédula nacional de identidad.