Texto oficial
Artículo 1.o La Municipalidad de la comuna de Calera de Tango no podrá cobrar ninguna suma de dinero a las municipalidades de las cuales depende actualmente su territorio, ni tampoco podrá pagar deudas contraídas por aquéllas.
Dispone que el departamento de san bernardo comprendera el territorio de las comunas subdelegaciones de san bernardo y calera de tango y crea el departamento de maipo, en la provincia de santiago.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1116027 / 9913294.