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Artículo 64° de la Ley S/N

Ley S/N

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1116183 / 9913271.

Texto oficial

Art. 64. La administracion jeneral de los ferrocarriles tendrá la siguiente planta de empleados con los sueldos que a continuacion se espresan: Direccion jeneral. Un director jeneral, con $ 8.000 Un secretario i abogado de la empresa 3.000 Primer departamento. Un director del ramo de esplotacion, con $ 6.000 Cuatro inspectores del servicio de conduccion i transporte, cada uno 4.000 Inspector jeneral de telégrafos de la vía, con 2.400 Segundo departamento. Director injeniero en jefe de la vía i edificios, con $ 7.500 Cuatro injenieros distribuidos en la línea, cada uno con 5.000 Uno en la oficina central, con 2.400 Tercer departamento. Director jefe de injenieros del material de traccion i maestranza, con $ 5.000 Tres injenieros en servicio de la línea, cada uno con 3.500 Un injeniero, jefe de la maestranza principal, con 3.500 Cuarto departamento. Contador director en jefe de la contabilidad, con $ 4.000 Cuatro contadores para todo el servicio, cada uno con 2.500 Un cajero central con 3.000 Dos cajeros pagadores auxiliares del cajero central, cada uno con 2.400 Un guarda-almacenes del depósito jeneral del repuesto i de artículos de consumo, con 3.000