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Artículo 28 de Auto Acordado S/N

Acta n° 33-2018

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1116226 / 9894770.

Texto oficial

Artículo 28°: Transmisibilidad del beneficio: La Bonificación por retiro voluntario y la Bonificación Adicional serán transmisibles por causa de muerte si el funcionario o funcionaria fallece entre la fecha de postulación y antes de percibirla, siempre que cumpla con los requisitos para acceder a ellas y sea beneficiario de un cupo de los establecidos en el artículo 5° en el año de la postulación.