Texto oficial
Art. 5.°.
La compra de útiles o materiales para el camino o de artículos, de consumo diario se hará a la mejor oferta en propuestas cerradas. El Superintendente señalará un plazo que no podrá bajar de quince dias para que se presenten las propuestas. Si los objetos que trata de adquirirse fueren de tal carácter que no pueda sujetarse su compra a licitacion, o que hayan de comprarse fuera del país, podrá, omitirse esa formalidad previa autorizacion del Gobierno. Tampoco será necesaria cuando la cantidad de materiales que se adquiera no esceda de la que el camino consume en el término de quince dias.