Texto oficial
Artículo 40 .- Al Director General de Promoción de
Exportaciones le corresponderán, especialmente, las
siguientes funciones y atribuciones:
1. Ejecutar las políticas que correspondan a la esfera
de sus competencias.
2. Informar al Subsecretario de Relaciones Económicas
Internacionales sobre los estudios, proposición y
ejecución de las acciones concernientes a la participación
de Chile en el comercio internacional en lo relativo a la
promoción, diversificación y estímulo de las
exportaciones de bienes y servicios, y proponer las
políticas y planes relativos al posicionamiento de la
imagen de Chile en el extranjero y al desarrollo de las
exportaciones.
3. Presentar el proyecto anual de presupuesto de la
Dirección General de Promoción de Exportaciones.
4. Celebrar con personas naturales o jurídicas,
nacionales o extranjeras, públicas o privadas, los
contratos y convenios de cualquier naturaleza necesarios
para el cumplimiento de los fines específicos del Servicio,
con cargo a los recursos que legalmente le hayan sido
asignados, y dictar los actos administrativos que fueren
necesarios para el ejercicio de estas atribuciones.
5. Contratar personal local en el extranjero en apoyo
al cumplimiento de las funciones de la Dirección General de
Promoción de Exportaciones, quienes podrán desempeñarse
como representantes comerciales facultados para administrar
los recursos y bienes del Servicio que el Director General
les asigne; contratar personas o entidades nacionales o
extranjeras, para el cumplimiento de trabajos específicos o
labores de asesoramiento en materias de su especialidad,
remunerados en moneda nacional o extranjera; y contratar en
el exterior a personas o entidades, nacionales o
extranjeras, para el cumplimiento de trabajos específicos o
labores de asesoramiento en materias de su especialidad,
remunerados en moneda extranjera.
6. Dictar los actos administrativos que dispongan las
comisiones de servicio o los cometidos funcionarios dentro
del territorio nacional, fuera del país o fuera de su sede
respecto del personal de su dependencia.
7. Proponer al Subsecretario de Relaciones Económicas
Internacionales la destinación de funcionarios de las
Plantas de Directivos, Profesionales y de Técnicos de la
Dirección General para desempeñarse en el exterior como
agregados a cargo de las oficinas comerciales del Servicio y
en los departamentos económicos de las misiones de Chile en
el exterior, con cargo al presupuesto de la Dirección
General de Promoción de Exportaciones.
8. Proponer al Subsecretario de Relaciones Económicas
Internacionales la destinación de funcionarios de las
Plantas de Administrativos y de Auxiliares para
desempeñarse en el exterior en las oficinas comerciales del
Servicio o en los departamentos económicos de las misiones
de Chile en el exterior, con cargo al presupuesto de la
Dirección General de Promoción de Exportaciones.
9. Proponer al Subsecretario de Relaciones Económicas
Internacionales la destinación de personal a contrata
asimilado a las Plantas de la Dirección General, para
prestar funciones en el exterior en las oficinas comerciales
o en los departamentos económicos de las misiones de Chile
en el exterior, previo concurso realizado en conformidad a
lo dispuesto en el párrafo segundo del numeral 12 del
artículo 14.
10. Ejercer la atribución establecida en el numeral 13
del artículo 14. 11. Desempeñar las demás funciones y
atribuciones que le asigne la ley.