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Artículo 27 de la Ley 21.082 · Crea sociedad anónima del estado denominada "fondo de infraestructura s.a.

Crea sociedad anónima del estado denominada "fondo de infraestructura s.a.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1116454 / 9900196.

Texto oficial

Artículo 27.- El Fondo no podrá, en caso alguno, obtener créditos, fianzas o garantías del Estado o de cualquiera de sus organismos, entidades o empresas.