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Artículo 29 de la Ley 21.082 · Crea sociedad anónima del estado denominada "fondo de infraestructura s.a.

Crea sociedad anónima del estado denominada "fondo de infraestructura s.a.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1116454 / 9900198.

Texto oficial

Artículo 29.- El Fondo quedará sujeto a la fiscalización de la Comisión para el Mercado Financiero. Sin perjuicio de lo preceptuado en el inciso anterior, la Contraloría General de la República ejercerá su función fiscalizadora de acuerdo a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 16 del decreto N° 2.421, del Ministerio de Hacienda, de 1964, que fija el texto refundido de la ley N° 10.336, de organización y atribuciones de la Contraloría General de la República.