Texto oficial
Artículo 30 .- Los trabajadores del Fondo quedarán sujetos, de manera exclusiva, a las disposiciones contenidas en el Código del Trabajo y en su normativa complementaria.
Crea sociedad anónima del estado denominada "fondo de infraestructura s.a.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1116454 / 9900199.