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Artículo cuarto de la Ley 21.085 · Modifica la ley n° 19.132, de televisión nacional de chile

Modifica la ley n° 19.132, de televisión nacional de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1116654 / 9901592.

Texto oficial

Artículo cuarto .- Televisión Nacional de Chile deberá publicar la primera versión del "Compromiso para el cumplimiento de la Misión Pública" dentro de los ciento ochenta días siguientes a la publicación de esta ley.