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Artículo 3° de la Ley S/N · Lei sobre corta de bosques.

Lei sobre corta de bosques.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1117050 / 9920411.

Texto oficial

ART. 3.° El Presidente de la República dictará un reglamento que determine las reglas a que ha de someterse la esplotacion de los bosques en cada departamento, pudiendo prohibir el corte de árboles en los cerros hasta una altura que evite la destruccion del terreno vejetal.