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Artículo tercero de la Ley 21.090

Crea la subsecretaría de la niñez, modifica la ley n° 20.530, sobre ministerio de desarrollo social, y modifica cuerpos legales que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1117540 / 9906317.

Texto oficial

Artículo tercero.- En tanto no se constituya el Servicio de Bienestar de la Subsecretaría de la Niñez, todos sus funcionarios podrán afiliarse o continuar afiliados al del Ministerio de Desarrollo Social.