Texto oficial
Artículo cuadragésimo sexto.- En el plazo de tres
años contados desde la publicación de la presente ley, la
Subsecretaría de Educación Superior presentará una
propuesta de actualización de la estructura de títulos y
grados del sistema de educación superior chilena contenida
en el artículo 54 del decreto con fuerza de ley N° 2, de
2009, del Ministerio de Educación.".