Texto oficial
Artículo 23.- Consejo Universitario. El Consejo
Universitario es el órgano colegiado representativo de la
comunidad universitaria, encargado de ejercer funciones
resolutivas en las materias relativas al quehacer académico
e institucional de la universidad.
Este órgano podrá recibir una denominación distinta
en los estatutos de cada universidad.