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Artículo 16 del Decreto Con Fuerza de Ley 245

Decreto con fuerza de ley número 245

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1121963 / 9966932.

Texto oficial

Art. 16. En el mes de Enero de cada año, los alcaldes podrán revisar las tasas establecidas en el Rol de Asco Domiciliario. Las modificaciones que el alcalde introduzca en el Rol, deberán ser publicadas y de ellas podrá reclamarse, en la forma establecida en el artículo 15.