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Artículo 2 de la Ley 5.603

Expropia, para la caja de colonizacion agricola, terrenos en el fundo "el talhuen", ubicado en el departamento de ovalle

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1122302 / 9948365.

Texto oficial

Art. 2.o El riego de la referida colonia se hará con los derechos de agua pertenecientes al Fisco a virtud de la expropiación del fundo "Higuerillas" y propiedades del ex-pueblo de Recoleta, derechos que para este objeto se transfieren en dominio en cantidad suficiente a la colonia que se fundará conforme al inciso tercero del artículo anterior. El agua destinada al uso de la colonia será entregada con preferencia a la que corresponda a los otros predios que pasan a regarse sólo mediante la construcción del embalse de Recoleta.