Texto oficial
Artículo 5.o Esta Ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".
Autoriza el aumento del capital de la caja de credito minero en $ 40.000,000
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1122379 / 9948280.